COMISIONADO DE TRANSPARENCIA

Reclamaciones:  Las reclamaciones ante el Comisionado de Transparencia y Acceso a la Información tendrán la consideración de sustitutivas de los recursos administrativos de alzada y reposición previstos en el art. 112 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Esta reclamación se interpondrá por escrito en el plazo de un (1) mes a contar desde el día siguiente al de la notificación del acto impugnado y la resolución que se adopte deberá notificarse en el plazo de tres (3) meses desde la fecha de entrada de la misma en el registro del Comisionado. Transcurrido dicho plazo se entenderá desestimada. Informe anual sobre el grado de cumplimiento de la Ley 12/2014